El Artículo 6 del Acuerdo de París (ITMO, corresponding adjustment y mercado de carbono) es el punto en el que la contabilidad climática deja de ser “solo” un asunto de proyectos y registros privados y pasa a ser un asunto entre Estados: quién puede usar un resultado de mitigación, para qué fin, y cómo se evita el doble conteo. Aquí entran en juego los ITMO y el corresponding adjustment (CA), es decir, el ajuste contable que impide que la misma tonelada se reclame dos veces.
¿Qué es un ITMO en el Artículo 6 y en qué se diferencia de los créditos del mercado voluntario (VCM)?
Un ITMO es, en la práctica, un internationally transferred mitigation outcome transferido entre Partes (Estados) en el marco de los cooperative approaches del Artículo 6.2. La diferencia sustancial es que un ITMO no es “simplemente” un offset intercambiado entre privados: es un resultado de mitigación que entra en la contabilidad respecto a los NDC (las contribuciones nacionales) y en la transparencia de la ONU (UNFCCC). Fuente: OECD (2022).
Los casos de uso típicos, en lógica B2B, son tres. El punto clave es que cambian los “derechos de uso” y la contabilidad, no solo el nombre de la unidad. Fuente: OECD (2022).
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Uso hacia el NDC del comprador (otra Parte) La unidad sirve a un país comprador para su propio balance NDC. Aquí la disciplina sobre autorización y corresponding adjustment es central.
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OIMP (Other International Mitigation Purposes) La unidad se utiliza para fines internacionales distintos de los NDC, por ejemplo esquemas internacionales o programas sectoriales. También aquí, cuando está autorizada y se transfiere, se activan reglas de contabilidad.
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Mitigation contribution (contribución) Aquí no se trata de “transferir” un resultado para que lo use otro país. Se financia mitigación en el país anfitrión y el resultado permanece dentro de su perímetro NDC. Es un enfoque distinto también para los claims corporativos.
En el mercado voluntario (VCM), en cambio, la demanda suele ser corporativa o financiera y las reglas NDC no se activan automáticamente. En el 6.2 y en el 6.4, por el contrario, hay un elemento soberano: autorización del Estado anfitrión, reporting y, cuando aplica, corresponding adjustment para evitar el double claiming entre países. Fuente: OECD (2022).
Un ejemplo práctico del lado del buyer aclara bien la diferencia. Una multinacional puede comprar créditos VCM (por ejemplo VCU o créditos Gold Standard) y hacer un claim voluntario. Pero si quiere un activo “alineado con el Artículo 6”, por lo general busca unidades autorizadas y trazadas como ITMO o como A6.4ER autorizado con evidencia de CA. Fuente: ICVCM.
Aquí se encaja el interplay entre VCM y compliance. El debate sobre el CA en el voluntario está abierto: no siempre se exige o se desea, pero algunos países anfitriones podrían empezar a pedir autorizaciones y CA también para proyectos “voluntarios” para proteger su propio NDC. Fuente: OECD (2024).
Qué es el corresponding adjustment: cuándo es obligatorio y cómo funciona en los registros nacionales
El corresponding adjustment es un ajuste contable que evita el doble conteo y la doble reclamación entre Estados. En términos operativos, cuando se transfiere un ITMO, la contabilidad NDC de las Partes se “ajusta” de forma coherente: el comprador y el país que transfiere registran la operación con signos opuestos, según reglas que también dependen del tipo de NDC. Fuente: OECD (2022).
El CA es obligatorio cuando un resultado de mitigación está autorizado para uso hacia el NDC de otra Parte o para OIMP y se realiza el first transfer en el marco del Artículo 6.2. Para el Artículo 6.4, cuando una unidad A6.4ER está autorizada y luego se transfiere, se convierte en ITMO y requiere CA. Fuente: Legal Response International (Explainer, 2025).
Es:
- Authorization: es la decisión soberana (carta/declaración) que especifica usos permitidos y condiciones, incluida la definición del trigger de first transfer para ciertos fines.
- Corresponding adjustment: es el acto contable y de reporting que sigue a ese trigger. Fuente: OECD (2022).
En el “cómo” técnico, cuenta la infraestructura. Los países pueden usar registros nacionales o servicios de la UNFCCC. Para el 6.2 existe una infraestructura de registry y reporting conectada a plataformas centralizadas. Para el 6.4 hay un registry del mecanismo UNFCCC y conexiones con los sistemas 6.2. Fuente: Florence School of Regulation (EUI).
En due diligence B2B, la pregunta no es “¿hay CA?” en abstracto. La pregunta es: quién lo garantiza, cuándo se activa, y qué pasa si no llega. En la práctica, tiene sentido pedir evidencia de:
- autorización del país anfitrión;
- identificadores únicos (serial/ID), vintage, cantidad, finalidad autorizada;
- prueba del CA o al menos “CA pending” con plazos y responsabilidades contractuales. Fuente: OECD (2022).
Artículo 6.2 vs 6.4: qué reglas cambian para transferencias, autorizaciones e integridad ambiental
La diferencia más concreta es la gobernanza. El Artículo 6.2 habilita cooperative approaches bilaterales o plurilaterales: reglas y reporting a la ONU, pero implementación muy ligada a acuerdos y sistemas nacionales. El Artículo 6.4 es un mecanismo centralizado de la ONU (Paris Agreement Crediting Mechanism) con Supervisory Body y registry dedicado. Fuente: FSR (EUI).
También cambian las unidades. En el 6.4 se emiten A6.4ER; si se autorizan y se transfieren internacionalmente se convierten en ITMO. En el 6.2 se pueden transferir ITMO derivados de programas o actividades domésticas, siempre que cumplan la guidance y el reporting. Fuente: Legal Response International (2025).
En integridad ambiental y “costes de sistema”, el 6.4 incluye dos elementos que impactan directamente la cantidad neta entregable y, por tanto, también el pricing:
- Share of proceeds para el Adaptation Fund (retención del 5% de los créditos).
- OMGE (overall mitigation in global emissions) con cancelación mínima del 2% en la issuance. Fuente: Climate Action Transparency (Article 6 guide).
En autorizaciones y usos, el 6.2 exige claridad sobre qué está autorizado (NDC vs OIMP) y sobre qué cuenta como first transfer. El 6.4 también permite la lógica de mitigation contribution (unidades no autorizadas para la transferencia) y puede prever autorizaciones posteriores, con implicaciones operativas a evaluar caso por caso. Fuente: Legal Response International (2025).
Para intermediarios y buyers, el efecto práctico es este: el 6.2 suele ser más “deal-driven” y puede fragmentar documentación y responsabilidades entre acuerdos Estado-Estado y contratos comerciales. El 6.4 tiende a estandarizar MRV e issuance, pero en la fase de arranque la disponibilidad puede ser limitada y los tiempos de procurement más largos. Fuente: FSR (EUI).
Cómo leer un crédito “Artículo 6-ready”: documentos, etiquetas y señales de riesgo para buyers e intermediarios
“Artículo 6-ready” solo tiene sentido si significa algo verificable. Para un buyer B2B significa contar con un paquete que demuestre: autorización del país anfitrión para un uso específico, reglas sobre first transfer, y un compromiso creíble sobre corresponding adjustment y disclosure. Fuente: OECD (2022).
Los documentos típicos a solicitar son pocos pero no negociables:
- letter/statement of authorization;
- acuerdo o documento marco con el país anfitrión (si está previsto);
- evidencia de registro y serialización;
- informes MRV y verificación;
- si es 6.4, evidencia de las retenciones y cancelaciones (share of proceeds y OMGE) y reglas del registry. Fuente: Legal Response International (2025).
En el voluntario, algunas etiquetas de calidad pueden ayudar, pero no sustituyen al Artículo 6. Los CCP del ICVCM son una señal de integridad en el VCM, pero CCP no significa automáticamente ITMO o CA, y el Artículo 6 no “regula” directamente el VCM. Fuente: ICVCM.
Las red flags más comunes se repiten y, precisamente por eso, salen caras si las ignoras:
- claim “Paris-aligned” sin prueba de autorización;
- confusión entre registros privados y registros nacionales o UNFCCC;
- promesas de CA “a demanda” sin responsabilidad legal clara;
- riesgo político y regulatorio en el país anfitrión, incluidos parones o cambios de política. Fuente: World Bank (risk of corresponding adjustment).
Un ejemplo útil para procurement: en un tender para sectores hard-to-abate, puedes pedir “unidades autorizadas para OIMP con CA en el first transfer” e incluir remedios si el CA no se aplica o si la autorización se revoca. Fuente: OECD (2022).
Qué efectos sobre el mercado de carbono: precios, disponibilidad de créditos y estrategias para empresas con objetivos net-zero
La sobreoferta no elimina el premio por los “derechos de uso”. El World Bank señala que el pool global de créditos no retirados rozó aproximadamente 1.000 millones de tCO₂ en 2024 y que la demanda de compliance creció mucho más que la demanda voluntaria. Esto ayuda a entender por qué, incluso en un mercado con mucha oferta, la autorización y la contabilidad pueden crear escasez “de calidad”. Fuente: World Bank, State and Trends of Carbon Pricing.
El llamado premium del Artículo 6 nace de tres factores prácticos: menor riesgo de double claiming, idoneidad para claims más robustos, y posibilidad de uso en esquemas regulados u OIMP. En este sentido, el Artículo 6 del Acuerdo de París (ITMO, corresponding adjustment y mercado de carbono) no es solo compliance: también es un tema de procurement y reputación. Fuente: OECD (2024).
La disponibilidad, sin embargo, no es “plug and play”. El 6.2 crece mediante acuerdos bilaterales y pipelines piloto, pero muchas transacciones siguen en fase temprana y requieren capacidades de MRV y registry en los países anfitriones. Esto se traduce en lead times largos y en más puntos de fallo contractual. Fuente: FSR (EUI).
Para empresas con objetivos net-zero, las estrategias que mejor resisten las verificaciones suelen ser tres:
- separar offsetting y contribution en los claims, y vincularlos al tipo de unidad;
- construir carteras “por capas” con créditos VCM de alta integridad y una cuota de unidades autorizadas del Artículo 6, para gestionar disponibilidad y riesgo;
- usar contratos forward con condiciones sobre authorization y CA y fallbacks claros. Fuente: OECD (2024).
El riesgo reputacional hoy se concentra en contabilidad y claimability. La due diligence pasa de “precio por tonelada” a “derechos de uso, contabilidad, disclosure y audit trail”, con evidencias verificables de registry y transacciones. Fuente: OECD (2022).
Nota sobre la COP30 2025: las reglas del Artículo 6 han sido objeto de negociación e implementación progresiva y el mercado sigue siendo sensible a aclaraciones operativas y a decisiones de los países anfitriones sobre autorizaciones y CA. En la práctica, para quien compra, el punto no es predecir el resultado político, sino dejar bien atado en el contrato qué ocurre si cambian las políticas.
Checklist operativa para evitar doble conteo y greenwashing (claims, contratos y due diligence)
El claim va antes que el crédito. Define ex ante si quieres hacer un claim de offset o un claim de contribution, y vincúlalo al tipo de unidad: ITMO con CA cuando corresponda, o crédito VCM sin CA si estás haciendo contribution y lo declaras correctamente. Evita fórmulas ambiguas tipo “Paris compliant” sin evidencias. Fuente: OECD (2024).
La due diligence mínima debe cubrir tanto la unidad como los derechos de uso:
- serials, vintage, cantidad;
- prueba de retirement o cancellation;
- autorización del host y usos autorizados;
- evidencia del trigger y del estado del CA;
- controles sobre metodología y riesgos típicos (adicionalidad, leakage, permanencia, buffer y reversal). Fuente: OECD (2022).
En los contratos, el tema es asignar el riesgo donde pueda gestionarse. Las cláusulas útiles incluyen: title y usage rights, declaraciones y garantías sobre authorization y CA, obligación de notificación ante cambios normativos en el país anfitrión, indemnizaciones si aparece double claiming, y mecanismos de sustitución o ajuste de precio. Fuente: World Bank.
La trazabilidad debe ser verificable y archivables. Exige audit trail en registros reconocidos (nacionales o UNFCCC, o interoperables) y logs de transacciones. Para el 6.4, verifica también las retenciones SOP y OMGE en el cálculo de “net delivered”. Fuente: UNFCCC (technical papers/workshops).
Las señales de greenwashing, por último, suelen ser desajustes entre claim y perímetro. Ejemplos: usar créditos para “net-zero” sin jerarquía (primero reducciones internas), overclaim en Scope 3, ausencia de disclosure sobre límites e incertidumbres, o créditos no autorizados presentados como “corrispondingly adjusted”. Fuente: OECD (2024).
Si quieres una regla práctica que lo resuma todo: en el Artículo 6 del Acuerdo de París (ITMO, corresponding adjustment y mercado de carbono) no estás comprando solo “reducciones”. Estás comprando también un conjunto de derechos de uso y una contabilidad que debe resistir controles públicos y privados.